PLAN DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA ORGANIZACI�N DE LOS ESTADOS AMERICANOS Y SU REGLAMENTO

 

INTRODUCCI�N

 

El Plan de Jubilaciones y Pensiones de la Organizaci�n de los Estados Americanos (Plan) fue establecido por la entonces Uni�n Panamericana el 2 de Mayo de 1928, entrando en efectividad el 1ro del mismo a�o. A trav�s de los a�os, el Plan ha sido enmendado en varias ocasiones por la Asamblea General de la Organizaci�n de los Estados Americanos con el prop�sito de mantenerlo actualizado, as� como para que contin�e "calificable" de acuerdo a los requisitos del pa�s anfitri�n, esto �ltimo con el fin de proteger su condici�n favorable en lo referente a impuestos.

 

La Comisi�n de Jubilaciones y Pensiones de la OEA (Comisi�n) ha sido confiada por la Asamblea General de la OEA con la responsabilidad de administrar el Plan y actuar como fiduciario de los recursos del mismo. La Comisi�n es un cuerpo tripartito. El Consejo Permanente de la OEA nombra un miembro quien act�a tambi�n como Presidente; otro miembro es nombrado por el Secretario General para actuar en su nombre; y un miembro es electo por los participantes en el Plan. Cada representante tiene un alterno quien es nombrado o electo de la misma manera que el titular.

 

Como parte de las responsabilidades de administraci�n del Plan, la Comisi�n tiene la autoridad para formular pol�ticas y procedimientos con el objeto de implementaci�n el mismo. Dentro de este contexto, la Comisi�n recientemente aprob� las pol�ticas y procedimientos contenidas en el presente documento, las que reemplazan cualquier conjunto de pol�ticas y procedimientos promulgados anteriormente. La Comisi�n espera que esta versi�n revisada y puesta al d�a de las Pol�ticas y Procedimientos contribuya al mejor entendimiento de la implementaci�n del Plan tanto por parte de los participantes como de las instituciones patrocinadoras del mismo.

 

19 de noviembre de 2001

 

Revisado: 17 de octubre de 2022

 

l PLAN DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA OEA

l REGLAMENTO DEL PLAN DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA OEA

l PLAN DE PREVISI�N

 


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