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Oficina de Prensa de la CIDH
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Washington, D.C.- El 28 de octubre de 2020, la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adopt� la Resoluci�n 79/2020, mediante la cual otorg� medidas cautelares a favor de Jorge Ernesto L�pez Zea, en Colombia.
La CIDH consider� que el se�or L�pez Zea, quien padece de enfermedad lateral amiotr�fica (ELA) y se encuentra actualmente privado de libertad, se halla en una situaci�n de gravedad y urgencia, dado que sus derechos a la salud, vida e integridad personal est�n en grave riesgo, particularmente en el marco del actual contexto de COVID-19. Tras analizar la informaci�n disponible, la CIDH consider� que se cumpl�an los requisitos establecidos en el art�culo 25 de su Reglamento, por lo cual solicit� a Colombia que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud del se�or Jorge Ernesto L�pez Zea; en particular, proporcion�ndole el tratamiento m�dico requerido de forma oportuna y sin dilaciones indebidas, garantizando asimismo que las condiciones de su privaci�n de libertad se adec�en a los est�ndares internacionales aplicables. En este sentido, las autoridades competentes deber�n, de acuerdo con su normativa interna y en tanto la situaci�n del se�or Jorge Ernesto L�pez Zea vuelva a ser sometida a las evaluaciones t�cnicas correspondientes, con miras a la obtenci�n de una medida alternativa a la prisi�n, garantizar su ubicaci�n en un �rea, espacio o estructura que permita cumplir con sus necesidades de tratamiento y prevenci�n frente al COVID-19, de acuerdo con las recomendaciones emitidas por los expertos respectivos y lo indicado por esta Comisi�n.
El otorgamiento de la presente medida cautelar y su adopci�n por el Estado no constituyen un prejuzgamiento a una petici�n que eventualmente pueda ser interpuesta ante el Sistema Interamericano sobre una posible violaci�n de los derechos protegidos en los instrumentos aplicables.
La CIDH es un �rgano principal y aut�nomo de la Organizaci�n de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convenci�n Americana sobre Derechos Humanos. La Comisi�n Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la regi�n y act�a como �rgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH est� integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a t�tulo personal, y no representan sus pa�ses de origen o residencia.
No. 265/20