Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
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Washington, D.C. – La Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comunica su decisi�n de aprobar el acuerdo de soluci�n amistosa relativo al Caso 12.190, Jos� Luis Tapia y otros Carabineros, Chile y publicar el Informe de Homologaci�n. La CIDH declar� el cumplimiento total del acuerdo, y felicita al Estado de Chile y a los peticionarios por sus esfuerzos para alcanzar este resultado.
El caso se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado chileno por el sometimiento de un grupo de Carabineros a un procedimiento arbitrario de calificaci�n y posterior despido, as� como la denegaci�n de justicia por los m�ximos organismos judiciales del Estado chileno al ser v�ctimas de un proceso judicial violatorio de sus derechos b�sicos y desprovisto de garant�as judiciales. El 8 de marzo de 2018, las partes suscribieron el Acuerdo de Soluci�n Amistosa, que contiene las siguientes cl�usulas:
I. Cl�usula I. Reconocimiento de los hechos: Por medio de este acuerdo de soluci�n amistosa, el Estado reconoce los hechos plasmados en la petici�n presentada ante la Comisi�n.
II. Cl�usula II. Reparaci�n econ�mica: El Estado se obliga a pagar a los peticionarios por concepto de reparaci�n de cualquier eventual da�o causado, sea material o inmaterial, un monto equivalente en pesos US$ 17.000 para cada uno de los ex funcionarios de Carabineros peticionarios […].
III. Cl�usula III. Constituir una comisi�n de seguimiento: A los efectos de dar seguimiento a cumplimiento de los compromisos asumidos en el presente acuerdo, las partes convienen en constituir una “Comisi�n de Seguimiento” coordinada por la Direcci�n de Derechos Humanos del Ministerios de Relaciones Exteriores y la Subsecretar�a de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a trav�s de sus respectivos representantes. Esta Comisi�n estar�, adem�s integrada por un representante de Carabineros de Chile y el abogado representante de las v�ctimas. La metodolog�a y frecuencia de las reuniones de esta Comisi�n ser� consensuado por sus integrantes. La Comisi�n entregar� a la Secretar�a Ejecutiva de la CIDH un informe de avance de las obligaciones asumidas en el presente acuerdo, cuando lo estime pertinente o sea requerida para tal efecto por dicho �rgano interamericano.
La Comisi�n Interamericana sigui� de cerca el desarrollo de la soluci�n amistosa lograda en el presente caso y valor� altamente los esfuerzos desplegados por ambas partes durante la negociaci�n del acuerdo para alcanzar una soluci�n amistosa que result� compatible con el objeto y fin de la Convenci�n. Por lo que en su Informe de Homologaci�n, la CIDH consider� que el acuerdo de soluci�n amistosa se encontraba totalmente cumplido y as� lo declar�.
Finalmente, la Comisi�n congratula los esfuerzos realizados del Estado chileno en buscar la resoluci�n de casos ante el sistema, a trav�s del mecanismo de soluci�n amistosa y para construir una pol�tica de soluciones amistosas y de cumplimiento de las decisiones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. La Comisi�n tambi�n felicita a la parte peticionaria por todos los esfuerzos realizados para participar en la b�squeda de avances en el procedimiento de soluci�n amistosa.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 127/19