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Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
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Washington, D.C. - El 27 de octubre de 2017 la Comisi�n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorg� una medida cautelar a favor de Augusto Jord�n Rodas Andrade, Procurador de los Derechos Humanos, y su n�cleo familiar, en Guatemala.
Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho de los solicitantes y del Estado guatemalteco, la Comisi�n concluy� que el se�or Augusto Jord�n Rodas Andrade y su n�cleo familiar se encuentran prima facie en una situaci�n de gravedad y urgencia, puesto que sus derechos a la vida e integridad personal est�n en riesgo.
Al tomar esta determinaci�n, la Comisi�n tom� en cuenta que, seg�n los solicitantes: i) el se�or Augusto Jord�n Rodas Andrade en su car�cter de Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala ha realizado labores de acompa�amiento y ha ejercido acciones legales en asuntos de alto impacto tanto de asuntos vinculados la lucha contra corrupci�n y, en particular, de manera reciente a favor de la continuidad de las labores del Comisionado de la Comisi�n Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) en el marco de la decisi�n de declararlo persona non grata; ii) estar�a recibiendo amenazas por medio de redes sociales y otros medios de comunicaci�n que generar�an un clima de animadversi�n en su contra; iii) habr�a tenido conocimiento de que diversas personas estar�an planeando acciones en su contra y de sus familiares, y iv) ser�a objeto de hostigamientos adicionales dirigidos a limitar sus labores, tales como la posible reducci�n del presupuesto de la entidad, o bien, la separaci�n del cargo.
Tras analizar los alegatos de hecho y de derecho de las partes, a la luz del contexto espec�fico en que tendr�an lugar, de acuerdo con el Art�culo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisi�n solicit� al Estado de Guatemala que: a) adopte las medidas necesarias para preservar la vida y la integridad personal del se�or Augusto Jord�n Rodas Andrade y su n�cleo familiar; b) adopte las medidas necesarias para que el se�or Augusto Jord�n Rodas Andrade pueda desarrollar sus actividades como Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala, sin ser objeto de actos de intimidaci�n, amenazas y hostigamientos; c) Concierte las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes; y d) informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopci�n de la presente medida cautelar y as� evitar su repetici�n.
La Comisi�n indic� que el otorgamiento de la medida cautelar y su adopci�n por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petici�n ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Declaraci�n Americana y otros instrumentos aplicables.
La CIDH es un �rgano principal y aut�nomo de la Organizaci�n de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convenci�n Americana sobre Derechos Humanos. La Comisi�n Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la regi�n y act�a como �rgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH est� integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a t�tulo personal, y no representan sus pa�ses de origen o residencia.
No. 174/17